En primer lugar, el titular del vehículo tiene que tener el documento de identidad válido para circular por el MERCOSUR, registro de conducir emitido por país miembro del MERCOSUR, cédula verde y seguro vigente. El ACA asegura que la Argentina es parte de un tratado suscripto por la ONU y la OEA, el cual originó la creación de un documento único para conducir en el exterior, llamado Licencia Internacional e Interamericana de Conducir. Sin embargo, en la Asociación Argentina de Derecho al Turismo aseguran que no hay convenios internacionales que determinen la necesidad de tramitar un permiso internacional de conducir. Esto es, con la licencia argentina es suficiente.
Otro punto importantísimo es el de grabado de cristales. Los vehículos que tengan seis o más cristales, deben tener grabado el número de patente, como mínimo, en el parabrisas, en la luneta trasera y en los cristales laterales de mayor tamaño. En los vehículos con menos de seis cristales, el número de dominio deberá estar grabado en todos ellos.
Si el auto no es manejado por el titular, el conductor tiene que tener una autorización emitida por escribano público o juez de paz. La presentación de la cédula azul no es válida para sacar el auto del país.
Una vez en territorio vecino, el auto puede ser conducido por el cónyuge o familiares del propietario sin autorización expresa.
Por último, también es conveniente consultar a su compañía de seguro para ver qué tipo de cobertura le ofrece al salir a países limítrofes.
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