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A LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

VENTA AUTOS: SE DEBERAN INFORMAR OPERACIONES DE MAS DE $300 MIL


Situación: presentación industrial del Peugeot 308 en noviembre pasado. Participantes de la charla: un representante del sector automotor y uno de concesionarios. En complicidad con quién suscribe el primero plantea broma al segundo.

Diálogo: A: – ¿Che, te enteraste que van a empezar a pedir declaraciones y justificaciones de dónde sale el dinero  para la compra de un 0k y Uds. van a tener que informar sobre eso a las autoridades?
B: -No, no me enteré. Pero no creo que se de. Podría parar un montón de operaciones.

Aquella situación que quedó en el libro de anécdotas hoy parece tener cierto eco en la realidad. Salvando las distancias (montos de operaciones) y el tiempo que pasó, a través del boletín oficial se informó que todas las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la compraventa de vehículos deberán informar a la Unidad de Información Financiera (UIF) sobre las operaciones que realicen, especialmente las de más de $300 mil anuales, y adoptar una serie de normas a fin de prevenir el lavado de activos y el financiación del terrorismo.

Así lo dispuso la UIF –publica El Cronista- a través de la resolución 31/2012, publicada en el Boletín Oficial con la firma del titular de ese organismo, José Sbattella.

Allí se establecen una serie de obligaciones para las personas físicas o jurídicas que habitualmente desarrollen la actividad de compraventa de “automóviles, camiones, motos, ómnibus, microómnibus, tractores, maquinarias agrícola y vial”.

Las concesionarias se suman así a otras decenas de sujetos obligados a informar a la UIF sobre operaciones sospechosas de encubrir lavado de activos, como los corredores de Bolsa, los agentes inmobiliarios, los comerciantes de aviones y yates, entre otros.

De acuerdo con la resolución, las concesionarias deberán enviar un informe mensual a la UIF de las operaciones que realicen e informar sobre las operaciones inusuales y sospechosas.

Para ello, la norma prevé que los “sujetos obligados” deban elaborar un manual de procedimiento, designar una “oficial de cumplimiento”, establecer “un sistema de auditoría interna” y un “programa de capacitación” para su personal, entre otras cosas, informó la agencia DyN.

Además, deberán realizar una política denominada “conozca a su cliente”, elaborar un “perfil” de estos cuando realicen operaciones anuales a partir de los $ 300.000 y conservar su legajo y soportes electrónicos por 10 años.

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