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ARRANCAR EN 20 Y NO EN CERO

PARA NO EMPEZAR CON EL PIE IZQUIERDO: REGISTRO POR PUNTOS

El nuevo sistema de registro por puntos que se aplica en la Ciudad de Buenos Aires, ya tiene presencia en las grandes ciudades del mundo y viene como renovación al tan deplorable transito que nos rodea día a día. Es así que esta medida –cuestionada por algunos, aceptada por otros- busca impulsar el desempeño conciente de los conductores, tratando de generar un respeto por las normas de transito.

Cuando el Conductor alcanza los cero puntos, se lo inhabilitará por 60 días (hasta 5 años). Durante ese lapso tendrá que cumplir y aprobar un curso de educación vial y prevención de accidentes de transito. Los buenos conductores recibirán premios y bonificaciones en los trámites relacionados al manejo.

En medio de los festejos –no te olvides- aquí el resumen de las quitas de puntos según las faltas:
2 (dos) puntos:

• Circular sin el cinturón de seguridad.
• No acatar las indicaciones de la autoridad.
• Circular sin el casco protector. (motos)

4 (cuatro) puntos
• Circular con licencia vencida.
• No cumplir con las condiciones de la licencia (uso de anteojos o lentes de contacto).
• Conducir con licencia de categoría distinta a la correspondiente.
• Conducir con menores sin el dispositivo de retención infantil correspondiente.
• Girar en lugar prohibido (hacia una transversal en forma no reglamentaria o giro en U en una misma arteria).
• Circular marcha atrás en forma indebida.
• Obstrucción de vía.
• No ceder el paso a bomberos, ambulancias, policía de servicios públicos o de urgencia.
• No dar prioridad de paso a los peatones.

5 (cinco) puntos
• Circular con cualquier elemento que permita evadir los controles de tránsito y/o velocidad.
• Conducir utilizando celular, mp3 o auriculares.
• Circular en sentido contrario.
• No respetar la prioridad de paso de una bocacalle y/o un indicador de “PARE”.
• Interrumpir el paso de filas escolares.
• Circular por calles a más de 10 o 20 km superando la velocidad permitida y, en avenidas, a más de 20 km. (hasta 40 km) en exceso de la velocidad permitida.
• Cruzar barreras férreas bajas (contravención).
• Violación de luz roja identificada (contravención).

10 (diez) puntos
• Negativa al control de alcoholemia, estupefacientes u otras sustancias.
• Circular por las calles a más de 20 km. de la velocidad permitida y, en avenidas, a más de 40 km. en exceso de la velocidad permitida.
• Conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes.
• No cumplir las obligaciones legales a cargo, en caso de participar en un accidente de tránsito.

20 (veinte) puntos
• Participar, disputar u organizar, competencias de velocidad o destreza en la vía pública (picadas).
Los conductores podrán recuperar parcialmente 4 (cuatro) puntos realizando un curso especializado en educación vial, con temas de derechos humanos y socorrismo.

En caso de llegar a "Cero Puntos"
A. Por primera vez
Se lo inhabilitará por 60 (sesenta) días, o podrá optar por realizar un curso de educación vial.
B. Por segunda vez
Se lo inhabilitará por 180 (ciento ochenta) días, y deberá realizar el curso de educación vial.
C. Por tercera vez
Se lo inhabilitará por 2 (dos) años, y además deberá realizar el curso de educación vial.
D. Por cuarta vez y sucesivas oportunidades
Se lo inhabilitará por 5 (cinco) años, y además deberá realizar el curso de educación vial.

Beneficios
Los conductores que no registren descuentos de puntos en los 2 (dos) años anteriores a la fecha de vencimiento de sus licencias, al renovar las mismas, quedarán eximidos de concurrir a las clases de actualización de normas de tránsito, y serán bonificados con el 100% del valor de la tarifa del trámite correspondiente.
Las faltas que se detallan a continuación entrarán en vigencia al año de la efectiva implementación del Sistema (SEPC):
• Cruce de bocacalles.
• Circulación marcha atrás.
• Obstrucción de vías.
• Prioridad de paso a personas.

Al año de la efectiva aplicación del Sistema y por única vez, todos los conductores recuperarán la totalidad de los puntos asignados 20 (veinte):
A. Si en los 2 (dos) años anteriores al vencimiento de la licencia, el conductor que la renueva ha alcanzado los 0 (cero) puntos, la validez máxima de la licencia renovada se reducirá a la correspondiente a su edad.
B. Si por segunda vez el conductor alcanzó los 0 (cero) puntos antes de los 2 (dos) años anteriores al vencimiento de la licencia, al renovarla, la validez máxima se reducirá a la mitad de la correspondiente a su edad.
C. Si en los dos (2) años anteriores a la fecha de finalización del trámite el conductor alcanzó los cero (0) puntos tres (3) veces o más en el SEPC, la validez máxima se reduce en tres cuartos (3/4) de la correspondiente a su edad.

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