Mercado Autos

MODELOS SUPERIORES A $150.000

GASOLEROS: TENDRAN QUE PAGAR 5% DE IMPUESTOS

Con algunas demoras que generaron varios retrasos en la facturación de algunas empresas –tal como publicó TiempoMotor- finalmente se firmó el decreto el decreto 2344/2008 que modifica la Ley N°24.674 de impuestos internos en la industria automotriz.

De esta manera, se pasó de 140.000 a $150.000 el piso del denominado “impuesto al lujo”, pero trae un regalo extra: comienza a aplicarse el postergado impuesto al Diesel.

Se prorroga la exención a los impuestos internos desde el 1º de enero de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2009, ambas fechas inclusive, conforme a los siguientes términos:

Con la firma del decreto 2344/2008 se deja transitoriamente sin efecto el impuesto para aquellas operaciones cuyo precio de venta, sin considerar impuestos, incluidos los opcionales, sea igual o inferior a $150.000 (antes era de $140.000).

A) Impuesto al Diesel: hasta $ 150.000.-, sin impuestos, incluídos opcionales, exento.

De más de $ 150.000, sin impuestos, incluídos opcionales, abonarán el CINCO POR CIENTO (5%).

B) Impuesto al Lujo: hasta $150.000, sin impuestos, incluídos opcionales, exento.

De más de $ 150.000, sin impuestos, incluídos opcionales, abonarán el DIEZ POR CIENTO (10%).

MERCADO:
Si los gasoleros estaban en franca baja… la medida precisamente no será de aliento. Hace apenas cuatro años representaban casi un 40% del total de autos 0 kilómetro que se vendían en la Argentina. Hoy sólo casi el 20% de autos nuevos tiene un motor Diesel.

Según datos de la Asociación de Concesionarios de Automotores (Acara), en 2004 la proporción de nafteros contra gasoleros en la venta de vehículos nuevos fue de 60/40. En 2006 era de 65/35, en 2007 finalizó en 71/29 y en lo que va de 2008 ya es del 88/12.

Las causas no son ajenas al problema energético: además del abastecimiento de gasoil -como sucedió- (especialmente en el interior), hubo una pronunciada reducción de la brecha entre los precios de ese combustible y los de la nafta.

MOTOCICLOS:
En el caso de los motociclos, el impuesto al lujo del 10% se abonará a partir de los $ 30.000.- sin impuestos, incluídos opcionales.
Mostrar más
Close
Close