Mercado Autos

ARGENTINA

UNA BUENA PARA EL SECTOR AUTOMOTRIZ

El gobierno nacional, através de la secretaría de comercio que lidera Augusto Costa, había decidido sancionar a ocho automotrices con multas que totalizaban los $1.060 millones por  la supuesta “concertación de precios” en perjuicio de los consumidores en las ventas de vehículos en Tierra del Fuego.

El argumento oficial fue que las empresas automotrices acordaron fijar precios superiores a los que deberían haberse vendido los autos. Desde las automotrices en tanto, aseguraban que era debido a costos más elevados para comercializar vehículos en la isla y que las multas eran consecuencia de la mala relación entre las automotrices y el gobierno durante todo el 2014.

En este marco y desde el inicio, el sector automotriz rechazó las acusaciones entendiendo que la sanción fué una represalia del Gobierno por haber “encanutado” autos, como acusó Cristina Kirchner a las terminales oportunamente. 

Mediante Resolución 271/14, la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, había rechazado los planteos de nulidad, prescripción e incompetencia invocados por las firmas Toyota Argentina, Volkswagen Argentina, General Motors Argentina, Renault Argentina, Ford Argentina, Honda de Argentina, Kia Argentina, Hyundai Argentina y Mercedes Benz Argentina, y había ordenado a las firmas que se abstuviesen de realizar conductas anticompetitivas de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 46 inc. a) de la Ley 25.156, habiendo impuesto por este motivo multas de 56 millones para honda, 104 millones para Toyota y 150 millones ha las restantes.

Ante esta arbitrariedad, la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia hizo lugar a las apelaciones deducidas por las terminales, en virtud de clasificar como insuficientes las pruebas probatorias incorporadas por la secretaría de comercio, y por ausencia de ganancias concretas percibidas por las firmas automotrices invocadas através de los actos que se les pretendieron endilgar.

Además la cámara tomó como inoficioso el análisis respecto de los restantes agravios y dictaminó en consecuencia revocar la Resolución del Secretario de Comercio Nro. 271 de fecha 12 de Diciembre de 2014 en todas sus partes y en cuanto ha sido materia de apelación.

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